viernes, 1 de junio de 2012

Comunicado

Posicionamiento de la Mesa Nacional frente a la Minería Metálica ante la resolución del tribunal del CIADI en el caso Pacific Rim vrs El Salvador


La Mesa Nacional frente a la Minería Metálica anunció en conferencia de prensa, esta mañana, que
cualquiera que fuese el fallo del CIADI, el problema de las demandas y la amenaza que suponen
para la soberanía del Estado salvadoreño, se mantiene intacta. 


Ya entrada la tarde del viernes 1 de junio de 2012, por medios electrónicos ha circulado información sobre la resolución que este mismo día emitiera el tribunal del CIADI en relación a la demanda presentada por la empresa canadiense Pacific Rim en contra del Estado salvadoreño.

La fuente de origen de tal información que circula por medios electrónicos, es atribuida a la Fiscalía General de la República -FGR- de El Salvador; sin embargo, el documento no parece ser oficial, pues no está elaborado bajo los estándares que la FGR acostumbra en sus publicaciones, como lo son el uso de emblemas oficiales, diagramación del comunicado, entre otros.

Bajo esa salvedad, la Mesa Nacional frente a la Minería Metálica desea hacer algunas valoraciones respecto a la información en cuestión:

Según la FGR, en su resolución, el tribunal del CIADI desestima la argumentación de Pacific Rim de que su caso sea conocido bajo el Tratado de Libre Comercio entre Centro América, la República Dominicana, y los Estados Unidos de América -CAFTA-DR-.

Al respecto, es necesario traer a la memoria que Pacific Rim realizó una estrategia mal disimulada de transformarse en un inversionista cubierto por el CAFTA-DR, en el último minuto antes de presentar su reclamación ante el CIADI, y eso equivale a un abuso del proceso en virtud de los principios generales del derecho internacional.
La FGR también ha informado que el tribunal del CIADI ha determinado que el proceso de continuará a la siguiente etapa, que es donde se decidirá el fondo de la disputa. Pero esta vez sobre la base de lo dispuesto en la Ley de Inversiones.

En relación a lo anterior, hay que decir que el CIADI continúa manteniendo jurisdicción en el caso, ya que el artículo 15 de la Ley de Inversiones, en su apartado de solución de controversias establece lo siguiente:

Art. 15.- En caso que surgieren controversias o diferencias entre los inversionistas nacionales o extranjeros y el Estado, referentes a inversiones de aquellos, efectuadas en El Salvador, las partes podrán acudir a los Tribunales de Justicia, competentes, de acuerdo a los procedimientos legales. En el caso de controversias surgidas entre inversionistas extranjeros y el Estado, referentes a inversiones de aquellos efectuadas en El Salvador, los inversionistas podrán remitir la controversia:

a) Al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), con el objeto de resolver la controversia mediante conciliación y arbitraje, de conformidad con el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados (Convenio del CIADI);

b) Al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), con el objeto de resolver la controversia mediante conciliación y arbitraje, de conformidad con los procedimientos contenidos en el Mecanismo Complementario del CIADI; en los casos que el Inversionista extranjero parte en la controversia sean nacional de un Estado que no es parte contratante del Convenio del CIADI.


No obstante, ocurre que la empresa Pacific Rim, por ser de nacionalidad canadiense y dado que Canadá no es parte a la Convención del CIADI, éste no podría seguir conociendo el caso.

Precisamente acá es donde radica la alegría que expresa la Fiscalía General de la República en su comunicación, al calificar la resolución como un éxito para El Salvador. Es importante señalar que el aparente triunfo es un hecho meramente casual. El resultado hubiese sido adverso para El Salvador si Canadá fuera parte de la Convención del CIADI o si la empresa Pacific Rim fuera de nacionalidad de un país que sí fuera parte de la Convención del CIADI o si la demandante hubiera sido otra empresa minera distinta a Pacific Rim y que fuera de un  Estado parte de la Convención del CIADI.

También, la resolución fuera contraria a los intereses de El Salvador, si Pacific Rim hubiese sido de nacionalidad estadounidense, pues en ese caso el CIADI sí pudo haber conocido el caso en el marco del CAFTA-DR. Hacemos énfasis en que existen empresas mineras de dicho país que incluso ya han demandado a El Salvador por no permitirle la explotación de recursos. 

Como Mesa Nacional frente a la Minería Metálica, queremos seguir insistiendo en lo inconveniente que resulta para los intereses económicos, sociales y ambientales del país, el sometimiento a los acuerdos comerciales, particularmente el CAFTA-DR; así como el sometimiento a los tribunales configurados por el CIADI.

Es de reconocer el trabajo técnico de los abogados cotratados para defender al Estado salvadoreño. Sin embargo, la Fiscalía General de la República, no debería de generar falsas expectativas de éxito en la población, puesto que si bien es cierto los resultados en los casos incoados ante el CIADI contra El Salvador (Commerce Group y Pacific Rim), pudieron ser peores; los resultados han sido producto de errores técnico procesales imputables a las empresas demandantes, al grado de considerarlos casi providenciales.

Tampoco los medios de comunicación, ni la población, deberían manejar los resultados como un éxito del país y, consecuentemente, como una derrota para la empresa, ya que con las actuales reglas del juego establecidas por el CAFTA-DR y la Ley de Inversiones, más temprano que tarde El Salvador estará de nuevo en el banquillo de los acusados de algún tribunal internacional.

Queremos terminar haciendo una relación entre las palabras que dijera este día el presidente de la República Mauricio Funes, en su discurso de tres años de gobierno, cuando se refirió a que impulsará la reforma de algunas leyes, entre ellas la Ley de Inversiones. En ese sentido, le hacemos un llamado para que incluya en su propuesta de reforma de dicha ley la eliminación del artículo 15 para así no seguir supeditados a la jurisdicción del CIADI.

Así mismo, el mandatario, en ese mismo discurso, hizo referencia a que impulsaría cambios irreversibles en el país. Por ello, le instamos a que impulse la prohibición de la minería metálica a través de una Ley explícita en este sentido y libere a las y los salvadoreños de la enorme amenaza que supone la industria de la explotación de metales.

Mesa Nacional frente a la Minería Metálica.
San Salvador, 1 de junio de 2012.-

Video de la conferencia de Prensa 1 de junio de 2012

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