La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia acaba de aprobar una medida que podría ser clave en la lucha contra la impunidad que prevalece en el país: Le quitó a la Fiscalía General de la República el monopolio de la investigación del delito y estableció que las víctimas, o sus representantes, pueden acudir directamente ante un juez para iniciar la acción penal cuando las autoridades fiscales no investiguen en un plazo de 10 días.
Con esto los célebres magistrados Belarmino Jaime, Florentín Meléndez, Rodolfo González y Sidney Blanco buscan evitar que el derecho a la justicia no sea bloqueado por la incapacidad de la Fiscalía o por su falta de voluntad para investigar los crímenes.
Con esta aplaudible sentencia la Sala de lo Constitucional es consecuente con las demás resoluciones emitidas durante el año que recién terminó: la que permite las candidaturas independientes y prohíbe las listas cerradas que suelen imponer las cúpulas partidarias, la que suprimió la llamada “partida secreta” de Casa Presidencial y la que eliminó la impunidad de los editores y directores de medios de comunicación que cometan los delitos de difamación, calumnia e injuria.
La sentencia que termina con la exclusividad fiscal de la investigación criminal es importante por dos razones esenciales.
La primera es que contribuirá a la lucha contra la impunidad. En el país la mayoría de crímenes permanecen en la impunidad debido a la inoperancia de la Fiscalía o a posibles compromisos de sus titulares con la impunidad de algunos ilícitos, sobre todo crímenes de lesa humanidad cometidos durante la guerra civil, los actos de corrupción de los gobiernos de ARENA y los delitos del gran crimen organizado.
Con esta resolución, y las pertinentes reformas a los códigos Penal y Procesal Penal que deberá aprobar la Asamblea Legislativa, víctimas de todos los delitos que la Fiscalía no puede o no quiere investigar podrán acudir a los tribunales.
Esto incluye también a afectados por crímenes ambientales como la deforestación de la finca El Espino, contaminación del 90% de los ríos o delitos mineros como el secado de afluentes en Cabañas y la generación de drenaje ácido en La Unión. Por estos últimos deben ser enjuiciadas Pacific Rim y Commerce Group, empresas que a falta de acción penal en su contra demandan al Estado en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (CIADI).
Y la segunda razón de importancia de la resolución de la Sala de lo Constitucional es que, al ya no ser la Fiscalía la única entidad encargada de investigar los delitos, al crimen organizado le servirá muy poco su estrategia de infiltrarla.
De igual forma a los grupos de poder vinculados a algunos ilícitos les será insuficiente nombrar a un Fiscal General permisivo de la impunidad porque, si éste no investiga, algún juez sí lo hará a petición de las víctimas o de sus representantes.
Con todo esto ganarán las víctimas, la justicia y el país, porque la lucha contra la impunidad tendrá nuevas posibilidades.
*Equipo de comunicaciones de la Mesa Nacional frente a la Minería Metálica.
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